ICA Resolución No. 9396 (26/07/2024)
“Por la cual se fijan las fechas de registros de productores, venta de semillas, siembra,
destrucción de socas y periodos de veda para el cultivo del algodón en el departamento
del Cesar, para la temporada 2024- 2025”
FECHA DE SIEMBRA. La fecha de siembra de algodón, para la temporada 2024-2025, en el departamento del Cesar, será de la siguiente manera:
Desde el 27 de julio hasta el 10 de septiembre de 2024.
RECIBO DE ALGODÓN SEMILLA. La fecha de recibo de algodón semilla en las desmotadoras será a partir del 26 de diciembre de 2024, hasta el 15 de marzo de 2025.
DESTRUCCIÓN DE SOCAS. La destrucción de socas de algodón es de carácter obligatorio, para lo cual se establecen las siguientes etapas y fechas para la misma, en la temporada 2024- 2025, así:
* Primera etapa: Destrucción total de la parte aérea de las plantas de algodón inmediatamente se termine la recolección de cada lote en particular, por medios mecánicos o manuales. En ambos casos, ésta deberá quedar suficientemente picada o desmenuzada para lograr su total descomposición, fijándose como fecha límite el 20 de marzo de 2025.
* Segunda etapa: Destrucción de los rebrotes, plantas de algodón espontaneas y/o chapolas que hayan germinado producto de las semillas dejadas en campo, fijándose como fecha límite 25 de abril de 2025.
Se recomienda la puesta en marcha del control etológico del picudo del algodonero, con el inicio de la destrucción de socas; el cual corresponde a la utilización de sustancias que de una u otra manera alteran el comportamiento del insecto, encontrándose dentro de ellas las feromonas, tanto de agregación como de confusión, repelentes, inhibidores de alimentación y todos aquellos que tengan efectos similares.
PERÍODO DE VEDA. Establecer como período de veda del 25 de abril al 25 de julio de 2025, tiempo durante el cual se prohíbe la siembra de algodón, la existencia de socas, plantas de cultivo de algodón y cultivos de algodón abandonados.






